El 17 de septiembre de 1900, un reglamento, aprobado por
Real Decreto,firmado por la reina regente María Cristina, obligaba a
matricular los vehículos y a obtener permisos de conducción. Así nacía el
carnet de conducir y los exámenes de teórica.
“Nadie podrá conducir
un automóvil por las carreteras si no posee un permiso expedido por el
Gobernador de la provincia en que tenga su domicilio. Con tal objeto, dicha
Autoridad comisionará a la persona o personas facultativas que estime
oportunas, a fin de que examinen los antecedentes o documentos relativos a la
aptitud del interesado, haciéndole las preguntas y sometiéndole a las pruebas
que consideren oportunas”.
Se podía conducir desde los 18 hasta los 77 años, pero como
la mayoría de edad se obtenía a los 21 años, si el
solicitante era menor de edad, o
era hembra (como se denominaba en
documentos oficiales a las mujeres),
debían presentar la autorización paterna o marital. Obtener el permiso exigía saber leer,
escribir y conducir el vehículo, conocer los artículos del Reglamento que les
concierne y las disposiciones vigentes sobre tránsito por vías pública y debía
solicitarse acompañando:
- Dos fotografías del interesado,
- Certificado de buena conducta,
- Certificado médico demostrativo de no padecer enfermedad de la vista u oído que le impida apreciar las señales, ni otras dolencias que le incapaciten para la conducción del vehículo.
- Servicio militar si era hombre,
- Tarjeta de haber realizado el Servicio Social, si se era mujer.
Han cambiado los modelos con los años, pero el que más impaciencia creaba era el modelo verde, que se daba al día siguiente de aprobar y que tenía una validez de tres meses, porque debía inscribirse en el Registro general de Conductores y al hacerse todo manualmente tardaban mucho en dar el carnet definitivo.
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